Recientemente han sido noticia los numerosos proyectos de ley que pretenden el libre retiro de la CTS, pero ¿Qué es realmente? En esta guía rápida trataremos de contestar las inquietudes más comunes al respecto.
¿Qué es la CTS?
En Perú, la Compensación por Tiempo de Servicio o CTS, es un beneficio que se le otorga a los trabajadores del sector privado dos veces al año. Ambos depósitos suman aproximadamente un sueldo. El principal objetivo de este derecho es ayudar a las personas en caso de desempleo.
Pueden acceder a este derecho los trabajadores después del primer mes de haberse iniciado en un puesto de trabajo y los trabajadores con jornadas superiores a 20 horas semanales.
Los pagos de este beneficio se realizan el 15 de mayo y el 15 de noviembre respectivamente y cubren los periodos de 6 meses anteriores al depósito.
El pago de la CTS se realiza en un depósito bancario a nombre del trabajador. El empleador debe abrir una cuenta CTS en una entidad bancaria donde el trabajador pueda acceder a sus fondos. Este depósito se puede realizar en bancos, financieras, cooperativas de ahorro y más.
¿Se puede trasladar la CTS?
Cuando el depósito de la CTS se realiza, es obligación del empleador informar a sus colaboradores sobre los montos, fechas y entidad bancaria donde se llevaron a cabo. Del mismo modo, el empleado posee la facilidad de solicitar un traslado que se ha acumulado. Se debe hacer una solicitud con el empleador y elegir una nueva entidad financiera para realizar el depósito. Este proceso puede tardar 15 días hábiles.
¿Qué sucede si no me pagan mi CTS?
Si no recibes el pago de tu CTS en el plazo adecuado, puedes realizas las siguientes acciones:
Revisa si cumples con los requisitos para acceder a la CTS.
- Consulta con el área de Recursos Humanos algún atraso en los pagos.
- Si el problema no se solucionó, presenta una queja formal con tu empleador.
- Si el problema continúa, puedes presentar un reclamo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- En una última instancia puedes buscar asesoría legal.
¿Cómo puedo tener acceso a la CTS?
El año pasado entró en vigor una ley que permitió el retiro del 100% de los fondos CTS hasta el 31 de diciembre de 2024. Actualmente, se puede retirar en los siguientes casos:
- Retiro por cese laboral: En caso de renuncia o despido el trabajador puede retirar el 100% de sus fondos.
- Acceso al excedente de 4 sueldos: Si la cantidad del fondo supera a 4 sueldos del empleado, puede retirar el excedente.
- Jubilación, invalidez permanente o fallecimiento: Estas situaciones especiales permiten el retiro total de fondos por el trabajador o sus beneficiarios, según sea el caso.
Proyectos de ley
Actualmente, en el Congreso existen más de 13 proyectos de ley que tienen como objetivo el retiro total o parcial de la CTS que se pagará en el 2025. La mayoría de las ponencias establecen un plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 y otros quieren excluir a los deudores de pensiones alimenticias y laborales.
Esta situación aún se encuentra en tramitación y sus resultados aún no se han aprobado.